La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el proyecto que ordena a la Secretaría de Salud (SS) reglamentar el uso medicinal de la mariguana y sus derivados.
El proyecto del ministro Eduardo Medina Mora ordenó a la dependencia federal cumplir la obligación establecida en el artículo cuarto transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017, “y en consecuencia proceda a armonizar, en los términos expuestos en el apartado 8 de esta resolución, los reglamentos y normatividad en el uso terapéutico de la cannabis y sus derivados (…)”.
De igual manera, solicitó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), por conducto de su comisionado federal y del coordinador general Jurídico y Consultivo, que despliegue sus facultades para dar cumplimiento a lo establecido en dicho artículo.
“Dentro de los lineamientos se contempla, de manera enunciativa y no limitativa: toda la cadena de producción, desde la obtención y almacenamiento de semillas, su cultivo, cosecha, procesamiento, transportación, comercialización, y en general todas las actividades dirigidas al consumo terapéutico, la investigación científica y la práctica médica de la cannabis”.
La determinación de la SCJN derivó de un amparo que interpuso Margarita Sandra Garfias Hernández, cuyo hijo, Carlos, de 14 años, enfrentó dificultades para disponer de los derivados de la mariguana que requiere para su tratamiento del Síndrome de West.
Aunque en 2017 entró en vigor un decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley General de Salud para regular el uso medicinal de la mariguana y sus derivados, Carlos no pudo acceder al aceite de tetrahidrocannabinol (THC), porque hasta la fecha la Secretaría de Salud (SSa) no ha emitido los reglamentos y la normativa correspondiente.
Tras la resolución de la Corte, la SS informó que acatará “a cabalidad” la sentencia de la Segunda Sala y así también lo hará la Cofepris.
En un comunicado, la dependencia señaló que cumplirá el ordenamiento de garantizar que se brinde el tratamiento médico integral que requiere el menor involucrado, para su padecimiento, en absoluto respeto al derecho humano de protección a la salud por parte del Estado mexicano.
Con información de Proceso