Una juez federal concedió una suspensión definitiva al secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo Molina, que evita de manera indefinida se le reduzca o retire su salario, el cual es mayor al que recibe el presidente Andrés Manuel López Obrador, cuyo sueldo es de 108 mil pesos mensuales.
La suspensión definitiva fue otorgada por Ana Luisa Hortensia Priego Enríquez, juez Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa con residencia en la Ciudad de México.
También ordenó turnar el expediente para que el juicio sea resuelto de fondo por los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, del Primer Circuito, quienes definirán en primera instancia si la reformada Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos que entró en vigor en abril de 2019, es constitucional o no.
En la demanda de amparo, el académico y secretario ejecutivo del INE impugnó la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos que establece el límite de remuneración total anual para el Presidente y que impide a todos los servidores públicos ganar más que el titular del Ejecutivo Federal.
En un principio, su demanda no fue admitida, pero ahora, la juzgadora advierte que en la misma, el quejoso indica que la normatividad reclamada y actos de aplicación constituyen un “sistema normativo” integral que altera sustancialmente el sistema de remuneraciones de los servidores públicos y en consecuencia, las funciones como servidor público responsable de ejecutar los recursos presupuestales concernientes al pago de remuneraciones y prestaciones laborales del NE, a partir de la aplicación del Presupuesto de Egresos de la Federación.
“Incluso solicita la suspensión de cualquier sanción administrativa o penal de los actos reclamados, es decir, entre otros, de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución, así como del Código Penal Federal”, detalla el acuerdo.
En mayo de 2019, el Consejo de la Judicatura Federal emitió un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación donde se indica que los juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, conocerán del trámite, resolución y cumplimiento de las sentencias de los juicios de amparo que se encuentren admitidos en los juzgados de Distrito de la República Mexicana, una vez que se emita la resolución correspondiente a la suspensión definitiva, para la continuación de su tramitación.
Con información de Milenio