Mediante un amparo colectivo indirecto, cinco padres y madres de familia de niños con cáncer que habían demandado a la Presidencia y el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), lograron la suspensión de plano.
Con esta resolución, la Juez Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa determinó que la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano de Servicio Social (IMSS) y las autoridades señaladas, tienen la obligación de surtir de manera inmediata los medicamentos. Además tienen 24 horas para informar el cumplimiento de la determinación.
La juez comentó que de acuerdo con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia y los tratados internacionales de los que México forma parte, los solicitantes no deben ser privados del suministro de medicamentos. De otra forma, agregó, se atentaría contra su salud y su vida.
La resolución corresponde al amparo con número de registro 135/2020, que se sustenta en el artículo 126 de la Ley de Amparo, que otorga la suspensión en casos o actos que ponen en riesgo la vida de las personas.
La decisión judicial se llevó a cabo horas después de que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentara el amparo a través de la abogada Andrea Rocha Ramírez, quien funge como representante legal de los afectados y forma parte de la campaña “En defensa del derecho a la salud. #YoTeDefiendo”.
Luego de que Rocha Ramírez asista a las instalaciones del Poder Judicial de la Federación, los padres de familia podrán acudir a las clínicas con copias certificadas del oficio y exigir que se les entreguen los fármacos.
Con información de Proceso