Se conoce como trabajo a distancia a la actividad que se ejecuta para un patrón, pero desde el domicilio del trabajador.
La reforma sobre el teletrabajo (home office) se publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor un día después, es decir, este 12 de enero del 2021.
Esta reforma implica cambios a la Ley Federal del Trabajo; sin embargo, no se aplicarán hasta 18 meses después, que es el periodo con el que cuenta el Gobierno federal para crear una Norma Oficial Mexicana que mandate las nuevas obligaciones.
¿Qué es el home office?
Se conoce como teletrabajo home office o trabajo a distancia a la actividad que se ejecuta para un patrón, pero desde el domicilio del trabajador o un local elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.
Es el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento por el patrón.
En ese sentido, no se requiere la presencia física del trabajador, sino su desarrollo utilizando las tecnologías de la información y comunicación.
Las reformas y adiciones al artículo 311 y al capítulo XII bis de la Ley Federal de Trabajo fueron ya publicadas y puedes consultarlas AQUÍ.
¿A qué estarían obligados los patrones con este proyecto?
- Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros
- Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas
- Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad (luz e internet)
- Llevar registro de los insumos entregados al personal que hará home office.
- Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por los empleados
- Respetar el derecho a la desconexión del empleado al término de la jornada laboral
- Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social
- Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, con especial énfasis en aquellas que cambien de modalidad presencial a home office.
¿Qué obligaciones tendrían que cumplir los trabajadores con el home office?
Asimismo, establece obligaciones especiales para los trabajadores en la modalidad de home office entre ellas:
- El cuidado, guarda y conservación de los insumos proporcionados para realizar sus labores
- Respeto a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo
- La protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades
¿Cómo se regulará el teletrabajo en México?
Tiene que ser voluntario tanto para el trabajador como para las empresas y se debe contemplar la posibilidad de que sea reversible. El trabajador debe tener la garantía de que su puesto de trabajo presencial estará disponible cuando le sea posible regresar al centro de trabajo.
En principio debe haber un contrato por escrito en el que haya datos generales de trabajador y patrón, naturaleza del trabajo, monto del salario y modo de pago.
Se debe especificar el equipo e insumos de trabajo, descripción y costo mensual por el servicio de Internet, duración de la jornada laboral, con descanso para tomar alimentos, mecanismos de comunicación y supervisión que utilizarán las partes.
Las condiciones que deberá considerar son factores ergonómicos, psicosociales, y otros riesgos que pudieran causar efectos adversos para la vida, integridad física o salud de las personas trabajadoras que se desempeñen en la modalidad de teletrabajo.
Los trabajadores están obligados a guardar y conservar equipos, atender las políticas y protección de la información de la empresa; asimismo, es posible el cambio de modalidad ya sea presencial o teletrabajo y siempre será voluntario.
Con información de UnoTv