El grupo parlamentario de Morena en San Lázaro presentó este jueves un punto de acuerdo para que el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, comparezca ante la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados para explicar por qué es posible la anulación de las elecciones, como lo ha dicho el funcionario electoral en algunas ocasiones.
El partido del presidente Andrés Manuel López Obrador quiere que Lorenzo Córdova detalle los motivos por los cuales ha hablado sobre una eventual anulación de los comicios. El consejero presidente del INE dijo hace unos días que se puede anular una elección “por violación a los principios constitucionales, y evidentemente uno de esos principios es la imparcialidad de los funcionarios públicos”.
“Él mismo está induciendo el argumento que en primera instancia consideraría como válido, en su calidad de consejero presidente del INE, a efecto de anular las elecciones”, sostuvo María de los Ángeles Huerta, en un comunicado del grupo parlamentario de Morena.
Huerta respaldó la petición para que Córdova comparezca en el artículo 35 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual dispone que la responsabilidad del Consejo General del INE radica en vigilar la legalidad, independencia y objetividad del Instituto. Según la legisladora de Morena, el consejero presidente del Instituto no cumplió con estas responsabilidades.
Apenas una semana después de sus declaraciones, el 24 de mayo pasado, Córdova puntualizó que los comicios no estaban en riesgo aunque persistiera la violencia que se vive en el país, la cual, es “preocupante”.
“A pesar de lo preocupante que significa que la violencia esté instalada como parte del paisaje ordinario del país, las elecciones no están en riesgo”, expresó en aquella ocasión Córdova durante una exposición en el Centro de Enseñanza Jonia.
La legisladora añadió que las declaraciones de Lorenzo Córdova fueron “sesgadas y agravadas” y afirmó que es posible que esa conducta pueda encausarse en lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la cual condena el abuso de servidores públicos que se valen de sus funciones para realizar o inducir actos que causen perjuicio al servicio público.