El Partido Verde Ecologista de México (PVEM) deberá cubrir la multa impuesta por el Consejo General del INE, relativa a procedimientos de queja de la fiscalización de gastos de la elección a la gubernatura de San Luis Potosí, plantea Felipe de la Mata Pizaña, magistrado integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Así y a reserva de votarse a favor en días próximos, el instituto político tendrá que pagar una sanción económica de 3 millones 835 mil 348.26 pesos por inconsistencias en la campaña de José Ricardo Gallardo Cardona.
En el proyecto divulgado ayer por la noche, próximo a dictaminarse en sesión plenaria, radicado en el expediente SUP-RAP-401/2021 y SUP-RAP-402/2021, confirma la determinación del organismo electoral que detectó diversas irregularidades en materia de fiscalización.
El PVEM considera que el INE no fue exhaustivo, ya que no tomó en cuenta su respuesta, ni la respuesta de la empresa Ella Marketing, documentos de los cuales se desprendía que, al haber sido contratados como parte de un paquete para la edición de videos y banners, por lo que el costo de 108 videos que se utilizaron como propaganda de campaña era menor al monto determinado por el INE de 3 mil 333.36 pesos por cada uno de ellos.
Para el ponente, es infundado el agravio relativo a la falta de exhaustividad, ya que el INE sí valoro, tanto las manifestaciones del PVEM, como la información remitida por Ella Marketing y tomó como base esos elementos para concluir que reportó gastos subvaluados por el concepto de 108 videos difundidos en Facebook.
Sobre el planteamiento relativo a que existieron dos facturas por la realización del jingle o canción por 20 mil 010 pesos y solicitó al proveedor la cancelación de la primera de ellas, porque no fue hecho valer ante el INE.
Sostiene que no se violó la garantía de audiencia del PVEM al no haberle requerido que aclarara lo relativo al costo del jingle, ya que no está contemplado dicho requerimiento con posterioridad a las indagatorias del INE.
Lo señalado por el PAN de que el Sindicato Independiente del Colegio de Bachilleres (Sitcobach) aportó a la campaña de Gallardo Cardona, considera que es inoperante porque son manifestaciones subjetivas que no controvierten las consideraciones de la resolución impugnada, no desvirtúan las diligencias realizadas por el INE en ejercicio de su facultad de investigación.