Faltan pocos días para la fecha límite de los pagos de aguinaldos, un derecho que tienen las y los trabajadores por haber laborado. Así lo establece la Ley Federal del Trabajo: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.”
Pero, qué pasa si no se realiza este pago, a quién se puede acudir para denunciar estos hechos, cuál es el pago que corresponde por el tiempo trabajado. En entrevista para EL UNIVERSAL San Luis Potosí, el abogado litigante Ernesto García Hernández señaló cómo se debe actuar ante cualquier duda que se tenga en cuanto al pago de este derecho.
¿Qué pasa si no se realiza este pago?
El abogado Ernesto señaló que de no recibir el pago de aguinaldo (con fecha límite el día 20 de diciembre) las y los trabajadores pueden recibir asesoría al comunicarse de manera telefónica con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo Dependemos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o bien, con la junta local de Conciliación y Arbitraje.
Las y los trabajadores tienen hasta 1 año para denunciar esta falta de pago y las empresas que incumplan con el aguinaldo serán acreedores a una sanción monetaria.
¿Cuál es el pago que corresponde por el tiempo trabajado?
La Profedet, ha compartido que el aguinaldo se debe recibir una cantidad equivalente a 15 días de trabajo. Para esto, se deberá multiplicar el salario base diario x15 para saber el resultado. No obstante, para quienes hayan trabajado menos de un año, se deberá calcular la parte proporcional de un año trabajado.
Con información de: El Universal SLP