El Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento encontró culpable al ex titular de la Secretaría de Salud, Miguel Ángel Lutzow Steiner, por lo que consideró actos de abuso de autoridad. En próximos días, las partes serán citadas para la individualización de la sentencia.
La defensa legal del exfuncionario acusó al Tribunal de falsear los hechos y de atribuir indebidamente declaraciones a su defendido para inventar un fallo adverso.
Ayer, tras una sesión que inició a las 11 de la mañana y concluyó, tras un largo receso entre las una y las seis de la tarde, a las 19:50 horas, el juez relator justificó la sentencia en que diversos testimonios dieron cuenta de la participación del funcionario en una serie de conductas que se ligan con el delito del que se le responsabiliza.
El juez aseguró que la conducta se da por omisión, lo que a su criterio lo hace copartícipe de las acciones que derivaron en la simulación de una compra de insecticida por más de 32 millones de pesos, de la que señala también la participación de la ex titular de la dependencia Mónica N., y de personas que aseguran que recibieron órdenes del ex funcionario.
El juez relator aseguró que con los 24 testigos, se acreditó el modo, tiempo y lugar de una reunión en la que se habría acordado la compra de insecticidas, que luego se convertiría la simulación de la compra.
Tras conocerse el fallo, la defensa de Lutzow Steiner acusó al juez de poner en boca del ex titular de la Secretaría de Salud afirmaciones que no emitió y que incluso modificó los hechos referidos por el Ministerio Público.
Explicó que el tribunal de juicio oral todavía va a cuadrar hechos en la sentencia, cuando eso debió hacerse a lo largo del juicio y sobre todo con lo aportado en los alegatos de apertura.
La defensa explicó que el Ministerio Público nunca aportó una clasificación de hipótesis en el auto de apertura, ni tampoco las subhipótesis para clasificar la supuesta conducta delictiva. Precisó que el juez tampoco acreditó el grado de ejecución del hecho, es decir si se cometió de manera inmediata o permanente.
Comentó que el juez relator hizo afirmaciones que no refirió el imputado y lo acusó de autoincriminarse cuando no hubo elementos que así lo confirmen.
Señaló que también se dedicó a corregir errores de los testigos en vez de tomarlos para juicio, Y que además se aceptó que no se sabe si el dinero que es objeto de discusión salió en efectivo y además se acepta que no se contó.
También dijo que hay un error en el juicio por el hecho de que se afirmó que el dinero que es objeto de la controversia se utilizaría para fines personales y sin embargo luego se afirma que era para una campaña política, hecho que también se considera que fue modificado por el propio tribunal de juicio oral.
Otra irregularidad que se considera es que no se determina con claridad si el supuesto delito se comete por acción o por omisión.
Con información de Pulso.