jueves, septiembre 24, 2026
No Result
View All Result
El Hormiguero Potosino.
14 °c
S. Luis Potosi
18 ° mar
18 ° mié
20 ° jue
20 ° vie
  • SLP
  • México
  • Global
  • Ciencia y Tecnología
  • Cultura
  • Deportes
  • Espectáculos
  • Opinión
  • Salud
  • Seguridad
  • Vida y estilo
  • SLP
  • México
  • Global
  • Ciencia y Tecnología
  • Cultura
  • Deportes
  • Espectáculos
  • Opinión
  • Salud
  • Seguridad
  • Vida y estilo
No Result
View All Result
El Hormiguero Potosino.
No Result
View All Result

Siempre sí: TEPJF le ordena al CEEPAC realizar consulta indígena

24 septiembre, 2026
in PORTADA, SLP
Siempre sí: TEPJF le ordena al CEEPAC realizar consulta indígena

Marcela Loyola

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia SM-JDC-41/2026 de la Sala Regional Monterrey y ordenó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) de San Luis Potosí la organización de la consulta a las comunidades indígenas tének y náhuatl que buscan decidir si transitan del sistema de partidos al de usos y costumbres en los municipios de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio.

Cabe recordar que, desde hace años, hay una solicitud de integrantes de pueblos tének y nahua para que el organismo electoral consultara a sus comunidades sobre el cambio de modelo de elección municipal.

El CEEPAC se declaró incompetente y turnó el asunto al Congreso del Estado, criterio que fue respaldado por el tribunal electoral local y, posteriormente, por la Sala Monterrey, bajo el argumento de que se requería una reforma legislativa y que la Ley de Consulta Indígena faculta al Legislativo para ese procedimiento.

Los promoventes impugnaron, al considerar que hubo una confusión entre el derecho a la consulta previa ante actos del Estado y el derecho sustantivo a la libre determinación y autogobierno. Argumentaron que la petición nace de una decisión autónoma de las comunidades y que la consulta electoral es el mecanismo para dar certeza jurídica a esa voluntad, sin condicionarla a una acción previa del Congreso.

En sesión pública, a propuesta del magistrado presidente, Gilberto Bátiz García, la Sala Superior resolvió, con base en el nuevo paradigma de la reforma al artículo 2.º constitucional de 2024, que reconoce a pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Por ello, el Pleno estableció que este tipo de solicitudes no son meras peticiones de participación ciudadana, sino actos de ejercicio de su autonomía política. Así, por unanimidad, revocó la sentencia de la Sala Monterrey y la resolución del tribunal local y el acuerdo del CEEPAC dentro del expediente SUP-REC-247/2026. Ordenó, finalmente, al organismo potosino declararse competente, coordinarse con las comunidades solicitantes y definir las etapas y condiciones de la consulta.

La sentencia aclara que, de resultar favorable al sistema normativo indígena, las autoridades legislativas y administrativas deberán realizar después los ajustes necesarios para reconocer e implementar la decisión comunitaria.

Tags: CEEPACIndígenasTEPJF
ShareTweet
Next Post
VIDEO | Ayuntamiento mantiene disputa por autorizaciones de obras ante la Suprema Corte

VIDEO | Ayuntamiento mantiene disputa por autorizaciones de obras ante la Suprema Corte

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Te recomendamos

Ciudad Valles con lluvias y monitoreado por Grace

5 años ago
Detenido por robo en Los Fresnos

Detenido por robo en Los Fresnos

6 años ago

Síguenos en Facebook

  • SLP
  • México
  • Global
  • Ciencia y Tecnología
  • Cultura
  • Deportes
  • Espectáculos
  • Opinión
  • Salud
  • Seguridad
  • Vida y estilo

© 2019 El Hormiguero Potosino

No Result
View All Result
  • SLP
  • México
  • Global
  • Ciencia y Tecnología
  • Cultura
  • Deportes
  • Espectáculos
  • Opinión
  • Salud
  • Seguridad
  • Vida y estilo

© 2019 El Hormiguero Potosino