La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como inconstitucional el uso de etanol como oxigenante de gasolinas hasta en 10%, pues este incremento resulta contrario al derecho humano a un medio ambiente sano.
El poder judicial consideró que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) modificó “unilateralmente” la norma oficial mexicana “NOM-016-CRE-2016” para incrementar el porcentaje máximo de etanol en los combustibles regular y premium de 5.8% a 10%, publicada en junio de 2017 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Dicha determinación, dijo la Suprema Corte, “cobra plena aplicación el llamado ‘principio de precaución ambiental’, el cual obliga a que se lleve a cabo una evaluación con la mayor información científica posible, respecto a los potenciales daños que el incremento de etanol para esos fines podría generar en el medio ambiente”.
También mencionó que los beneficios “puramente económicos” al aumentar el porcentaje del alcohol etílico derivado del sorgo, maíz o caña de azúcar, deben ser confrontados contra los potenciales riesgos para el medio ambiente y las obligaciones estatales para reducir las emisiones contaminantes derivadas de los gases de efecto invernadero para combatir el calentamiento global.
La segunda sala de la SCJN invalidó la modificación a la referida norma oficial mexicana que permitía un incremento de 5.8 a 10% de etanol en gasolinas, precisó el comunicado.
“Sin embargo, para no afectar derechos de empresas y compromisos adquiridos, concedió a las autoridades competentes en la materia un plazo de 180 días naturales, contados a partir del día siguiente a la notificación de la sentencia, para permitir, sin poder ejercer sus facultades sancionatorias, que se produzca y comercialice gasolina regular y premium con etanol al 10% o e10 como oxigenante, así como una presión máxima de vapor en una libra por pulgada cuadrada.
En diciembre de 2019, el sector gasolinero denunció la venta clandestina de etanol como aditivo de gasolina en múltiples puntos del país, incluidas zonas metropolitanas donde está prohibida la mezcla mayor a 5%.
Con información de Forbes