El Gobierno de México informó este viernes conforme a lo dispuesto en las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana (NOM-051) sobre especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, las sanciones se impondrán hasta diciembre.
La norma entrará en vigor el próximo 1 de octubre, pero el Gobierno publicó un acuerdo para no sancionar por el etiquetado de alimentos a las empresas hasta el próximo 1 de diciembre.
El “acuerdo interinstitucional tiene como objeto reconocer y establecer un plazo contado a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Acuerdo Interinstitucional al 30 de noviembre de 2020, exclusivamente, en el que no se sancionará a productores, importadores o comercializadores durante las actividades de verificación que realicen la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), para aquellos alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, objetos de la Norma Oficial Mexicana NOM-051”, dice el texto publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Debido a la epidemia causada por el Covid-19 diversas organizaciones solicitaron que la entrada en vigor del etiquetado se pospusiera.
El nuevo diseño de empacado sobre el contenido del producto prevé ser octágonos negros con contorno blanco que deberán estar colocados en la esquina superior derecha de la superficie principal de exhibición del producto.
Cabe señalar que algunos representantes de la industria han comenzado el cambio en las etiquetas de sus productos.
El 27 de marzo, el Gobierno federal publicó el nuevo etiquetado nutrimental en el Diario Oficial de la Federación.
El etiquetado busca alertar a los consumidores sobre calorías, grasas, azúcares y otros elementos de los alimentos con leyendas visibles.
La modificación señala que los alimentos y bebidas no alcohólicas que ostenten uno o más sellos de advertencia de grasas saturadas, azúcares altas o la leyenda de edulcorantes, no podrá incluir en la etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas.
Con información de Reporte Índigo