Las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP) emitieron este viernes nuevos lineamientos que refuerzan las medidas de austeridad que ha aplicado la Administración Pública Federal (APF), entre las nuevas medidas se encuentra el teletrabajo para servidores públicos, el uso de software libre y el freno a nuevos regímenes de pensiones a sindicatos del gobierno.
Las dependencias publicaron este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Lineamientos en materia de austeridad republicana de la Administración Pública Federal, los cuales tienen por objeto regular y establecer las medidas aplicables en materia de austeridad en el ejercicio del gasto público federal, primordialmente para gasto corriente.
Los lineamientos señalan que los recursos públicos deberán ejercerse “con estricto apego y criterios de racionalidad” a lo previsto en la Ley de Austeridad, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal y demás disposiciones aplicables.
En consecuencia, los recursos humanos, técnicos, materiales y de servicios se ajustarán a sus presupuestos autorizados, y los gastos operativos de los capítulos de materiales y suministros y servicios generales se limitarán a los mínimos indispensables, como (telefonía, telefonía celular, internet, fotocopiado, combustibles, arrendamientos, energía eléctrica, viáticos, alimentación, remodelación de oficinas, papelería y útiles de oficina, consumibles del equipo de cómputo, entre otros).
En materia de recursos humanos, los lineamientos dan luz verde a que los burócratas puedan realizar teletrabajo o home office, siempre y cuando las autoridades de la Oficialía Mayor, de la Unidad de Administración y Finanzas o los equivalentes del Ente Público que corresponda, den el visto bueno.
“Para aquellos casos en los que las condiciones lo permitan y que no generen costos adicionales, las unidades administrativas de los Entes Públicos podrán implementar esquemas de trabajo a distancia para las personas servidoras públicas”, suscribe.
En cuanto a servicios generales, los lineamientos establecen que se deberá privilegiar el uso de software libre cuando se trate de la prestación de servicios de cualquier tipo de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC’s), en caso de requerirse, deberá estar justificada su adquisición o renta.
Las adquisiciones de TIC’s que presenten las dependencias, serán notificadas a la Coordinación de Estrategia Digital Nacional de la Presidencia de la República, quien autorizará la contratación de dicho servicio con un oficio remitido a Hacienda.
En tanto, los lineamientos también incorporan que los Entes Públicos deberán de abstenerse de adicionar en las condiciones generales de trabajo o en los contratos colectivos de trabajo de los sindicatos prestaciones como jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva, así como seguros de gastos médicos privados, seguros de vida o de pensiones a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Austeridad.
Añaden que las personas servidoras públicas no podrán recibir retribución, compensación, salarios, pagos o prestaciones adicionales a lo que correspondan al puesto, nivel, tabulador y presupuesto autorizados.
En tanto, deberán reducirse “al mínimo indispensable” las adquisiciones y contrataciones de servicios con terceros que realicen los Entes Públicos para abastecerse de los insumos y suministros relacionados con papelería, útiles de oficina, fotocopiado, consumibles del equipo de cómputo, utensilios en general, así como mobiliario y equipo de oficina, requeridos para el desempeño de sus actividades.
En cuanto a los servicios de telefonía móvil, los lineamientos indican que el servicio de telefonía móvil será autorizado únicamente para personal de las fuerzas armadas, la Guardia Nacional, seguridad nacional y seguridad pública, cuando sea indispensable para el desempeño de sus funciones.
Agrega que, dependiendo de las funciones de los Entes Públicos, en donde el servicio resulta imprescindible para el cumplimiento de las actividades encomendadas así como en los casos estrictamente necesarios, la Secretaría de Hacienda, por conducto de la Oficialía Mayor, podrá autorizar la contratación del servicio de telefonía móvil.
Con información de El Financiero