Como muchos mexicanos, seguramente eres de los que espera la llegada del aguinaldo con el fin de pagar algunas deudas, comprar los regalos navideños o simplemente porque te gusta ahorrar. Es un derecho que como trabajador debes recibir en diciembre.
La Ley Federal del Trabajo establece en el Artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre de 2020, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.
La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa. ¿De qué se trata?
Si el patrón incumple con el aguinaldo, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este tipo de infracciones, cuyo valor actual es de 86.88 pesos mexicanos. Es decir, va de 4 mil 344 a 43 mil 440 pesos.
El trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes, esto es, Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.
La UMA es la unidad de medida o referencia económica en pesos para calcular el pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales de los estados. Esta unidad de medida surgió en 2016 para aplicarles en ciertos pagos con el objetivo de no afectar el salario mínimo.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.
Vía telefónica al 5998-2000, extensiones 44740 y 44741 o al 8009117877 y 8007172942; también puedes escribir un correo electrónico a: orientacionprofedet@stps.gob.mx .