El acoso sexual laboral es un comportamiento que se puede presentar a través de diferentes conductas, como el contacto físico e insinuaciones, observaciones de tipo sexual, exhibición de pornografía o exigencias sexuales, verbales o de hecho, de acuerdo con la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las Mujeres (CEDAW).
La Ley Federal del Trabajo establece que el acoso sexual es “una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.
Adriana Peralta, Fundadora de Ethics & Compliance Bureau, detalló en entrevista con Grupo Fórmula que este tipo de acoso, a diferencia del acoso laboral, tiene una “connotación física y sexual” que no tiene que ver con un género o preferencia sexual.
En este sentido, añadió que los agresores o acosadores muchas veces utilizan su posición de poder, jerarquía y el contrato que hay de por medio para acosar sexualmente.
No obstante, los agresores o acosadores sexuales también pueden ser compañeros de trabajo o personas ajenas que tienen algún tipo de relación o vínculo con la empresa para la que trabajamos.
A pesar de que el acoso sexual laboral puede ocurrir sin distinción de género, la mayoría de las víctimas son mujeres. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021 reveló que 40 millones de mujeres de 15 años y más han trabajado a lo largo de la vida, de las cuales el 14.4 por ciento reportó haber experimentado violencia sexual.
La CEDAW advierte que el acoso sexual laboral es discriinatorio cuando la víctima es mujer y tiene motivos suficientes para creer que si se niega podría tener problemas en su trabajo, contratación, para obtener un ascenso o derivar en un ambiente laboral hostil.
¿Cuál es la diferencia entre acoso sexual laboral y acoso laboral? Adriana Peralta explicó que la violencia laboral son actos y omisiones que algunas personas ejercen sobre otras con las que tienen un vínculo laboral, cuyo objetivo final puede ser conseguir la renuncia de la víctima.
¿Cómo denunciar en mi centro de trabajo sin que me despidan?
Antes de presentar una denuncia ante el Ministerio Público sería importante acudir con el área de recursos humanos del centro de trabajo, aseguró Adriana.
Una empresa o centro de trabajo debe garantizar que haya un canal de denuncias en el que se garantice que la identidad de la víctima pueda permanecer en el anonimato, si así lo desea y aún no se siente lista para decir “a mí me pasó”.
El canal de denuncias debe ser dado a conocer entre todas las personas que pertenecen al centro de trabajo para que sepan con quién acudir si en algún momento desean presentar una denuncia.
Asimismo, es necesario que haya un protocolo de atención para aquellas personas que hayan sido víctimas de acoso sexual laboral y decidan denunciar sin anonimato. De esa forma se garantizará que se inicie una investigación sin sesgos hacia las personas involucradas y con respeto a sus derechos humanos.
Para lo cual se debe establecer un comité de investigación que emita una resolución y determine si habrá alguna acción disciplinaria que podría llevar a una sanción penal.
“Y les recomiendo a las empresas capacitar a su personal para hacer este tipo de investigaciones o bien recomendar a la potencial víctima ir con la autoridad porque es siempre su derecho y nunca se extingue, pero sobre todo aquí atender sin juzgar”, resaltó.
Por último, la especialista en derecho apuntó que los centros de trabajo están obligados a realizar acciones para prevenir; pues el que haya una denuncia por acoso sexual laboral es un indicador de que puede haber otras víctimas o de que va a volver a suceder.
Si se da el caso de que el centro de trabajo encubra a quien ejerció acoso sexual laboral y no realice ninguna investigación que derive en algún tipo de sanción, las víctimas pueden acudir directamente al Ministerio Público para denunciar a su agresor y la empresa en la que trabajan.
Al presentarse tendrán que acudir con una identificación y disponer del nombre del centro de trabajo, dirección, nombre completo del agresor y elaborar una narrativa de lo sucedido. Es probable que tengan que relatarlo en varias ocasiones para que quede asentado tal y como sucedió.
Adriana Peralta sugirió tener cuidado en caso de que presenten pruebas y evitar que se trate de documentos que contengan información delicada del centro de trabajo para evitar que la denuncia derive en otros problemas legales. También recomendó leer la denuncia antes de firmar para verificar que sea correcta.
¿Puedo denunciar acoso sexual laboral si ocurrió en un evento fuera de mi trabajo?
La respuesta es sí. En caso de que el acoso sexual laboral haya ocurrido durante un evento que no se realizó en las instalaciones del centro de trabajo, pero donde sí existía una relación laboral sí es posible denunciar. Este tipo de situaciones son más comunes de lo que pensamos, de acuerdo con Adriana Peralta.
“Cada invitación que haces como jefe te pone más responsable, no es porque nos llevamos muy bien y te invito una chela, no es tu buena gente. Eres tú desde tu silla del poder, entonces desde ahí ya viene el primer riesgo”, comentó la especialista.
Incluso si durante el trayecto les llegara a ocurrir un accidente, los trabajadores pueden argumentar que sucedió cuando iban de camino a una reunión de trabajo y sería un argumento válido.
Por ello, si el acoso sexual laboral ocurre durante una reunión o evento fuera del centro de trabajo sí se puede denunciar porque nunca ocurrió una desvinculación laboral.
Si el acoso sexual ocurrió entre compañeros en un evento ajeno al trabajo, por ejemplo en una fiesta de cumpleaños donde el organizador sólo invitó a aquellos con los que tiene afinidad, sí podría denunciarse, pero sin la modalidad laboral.
Adriana Peralta advirtió que aunque no haya ocurrido en el centro de trabajo es importante reportar la situación porque es posible que la víctima deje de sentirse cómoda.
“Siempre somos embajadores de la marca. Entonces si bien este evento no se da con una connotación laboral, la realidad es que también podrás reportarlo porque te aseguro que volviendo al centro de trabajo ya no te vas a sentir igual de seguro, va a haber incomodidad”, añadió.
¿Cuáles son los requisitos con los que debe cumplir mi trabajo para prevenir el acoso sexual laboral?
Es necesario e indispensable que los centros de trabajo cuenten con políticas o protocolos que sancionen este tipo de violencia, de acuerdo con Adriana Peralta, y deben estar por escrito.
En el documento se tienen que desglosar las conductas que serán consideradas como acoso sexual laboral, la diferencia con acoso laboral y las posibles consecuencias de incurrir en una o varias de estas.
Asimismo, es indispensable que los centros de trabajo realicen capacitaciones con todos los trabajadores para que cumplan la política y aquellos que tengan a su cargo equipos de trabajo vigilen que la respeten. Las capacitaciones tienen que incluir distintos elementos, como casos prácticos, videos o ponentes.
“Cuando tú tienes un equipo a tu cargo de manera formal o informal, entiéndase en la jerarquía donde ya te asignan a alguien o bien porque eres líder de un equipo, vamos a pensar por un proyecto en específico. Tener gente a tu cargo, te obliga doblemente a esto, por un lado a que tú cumplas con esta política y dos hacer que se cumpla”, comentó.
La especialista en derecho señaló que los centros de trabajo también tienen que promover la denuncia de cualquier conducta relacionada con acoso sexual laboral. Estas medidas son obligatorias y están establecidas en el artículo 25 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Con información de: Radio Fórmula