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Juez de Distrito declara inconstitucional la reforma judicial de 2024; JUFED celebra ‘histórico fallo’

1 septiembre, 2026
in México, PORTADA
Juez de Distrito declara inconstitucional la reforma judicial de 2024; JUFED celebra ‘histórico fallo’

Un juez de Distrito declaró inconstitucional la reforma judicial de 2024 y otorgó un amparo contra ésta, informó la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED).

La sentencia del titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, Agustín Archundia Ortiz, en el juicio de amparo 491/2025, fue calificada como “histórica” por JUFED.

En un comunicado, los juzgadores señalaron que la resolución demuestra “que la sólida preparación técnica y el conocimiento de la ley son la única vía para garantizar los derechos de la ciudadanía”.

De acuerdo con JUFED, el análisis realizado por el juez “desnudó” la invalidez de la tómbola utilizada en el proceso de renovación del Poder Judicial y determinó la nulidad del proceso legislativo en la Cámara de Diputados.

La asociación señaló que la sentencia acreditó la nulidad absoluta de la sesión de la Cámara de Diputados del 3 de septiembre de 2024, en la cual se aprobó la reforma judicial, debido a que no hubo certidumbre normativa sobre el quórum legal exigido.

Destacó que la Mesa Directiva de San Lázaro se negó a realizar la verificación correspondiente respecto al número real de legisladores presentes en dicha sesión.

JUFED sostuvo que la resolución representa “una corrección profunda” a la reforma judicial, que revalora el Estado de Derecho.

La asociación informó además que conoce la existencia de un segundo expediente, el juicio de amparo indirecto 1462/2024-II, cuyos considerandos desarrollan argumentos adicionales en el mismo sentido.

En particular, señaló que el análisis de esa segunda sentencia establece que el Legislativo excedió los límites que le impone el artículo 135 constitucional al modificar, mediante una reforma, un aspecto que el Constituyente originario de 1917 reservó expresamente a la designación de jueces y magistrados por el propio Poder Judicial, y “no por elección popular o criterios políticos”.

El comunicado agrega que el fallo también señala que la destitución generalizada de personas juzgadoras y trabajadoras del Poder Judicial, sin fundamentar ni motivar individualmente cada caso y sin dejarles recurso alguno para impugnarla, constituye una denegación de justicia contraria a los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución.

JUFED destacó la trayectoria del juez Archundia, a quien calificó como “experto” y afirmó que cuenta con más de dos décadas de trayectoria en la carrera judicial. Para la organización, la resolución confirma que las decisiones que protegen de fondo los derechos humanos derivan de “la preparación, la experiencia y un exhaustivo rigor jurídico”.

La asociación cuestionó la viabilidad de la reforma judicial a un año de su implementación y afirmó que la reciente sentencia evidencia “la enorme brecha que hay entre la judicatura profesional independiente y una cúpula judicial que ha quedado reducida a la improvisación”.

“La sentencia demuestra que, mientras las y los juzgadores de carrera resuelven controversias mediante el dominio de la ley para proteger a la ciudadanía frente a la arbitrariedad, la actual Suprema Corte, por ejemplo, ha entregado pésimos resultados marcados por la lectura autómata de guiones, la falta de concentración en el debate procesal y la incapacidad técnica para interpretar la Constitución de forma independiente”, agregó.

Sostuvo que “sustituir los méritos académicos, los exámenes de oposición y la experiencia por esquemas de azar en tómbolas o cuotas partidistas no sólo degrada el nivel de la justicia, sino que vulnera el estándar de trato justo para la sociedad y expone a las víctimas a resoluciones desprovistas de solidez”.

Los juzgadores precisaron que ambas sentencias son de primera instancia y sus efectos benefician exclusivamente a las partes quejosas, además de que aún pueden ser impugnadas mediante recursos de revisión.

JUFED concluyó que la función jurisdiccional “no puede improvisarse ni supeditarse a consensos políticos” y reconoció lo que calificó como la “valentía técnica de la judicatura independiente”. La organización reiteró su compromiso con la defensa de la carrera judicial, a la que calificó como “el único mecanismo garante de la certeza jurídica en México”.

Con información de: Aristegui Noticias

Tags: JUFEDMéxico
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